ARI Chubut

jueves, octubre 26, 2006

Quieren mayor operatividad en ley de protección de viviendas ante juicios

La legisladora Magdalena Odarda (ARI) propuso modificar la ley provincial número 3860 y sus respectivas prórrogas, de protección de la vivienda, por las cuales se suspenden las ejecuciones hipotecarias de inmuebles que fueran el único bien de residencia permanente del grupo familiar del deudor. Con la reforma propuesta, cuando la ejecución hipotecaria recaiga sobre un inmueble que fuera único y de residencia permanente del grupo familiar del deudor y la hipoteca sea producto de un crédito destinado a la compra, construcción, refacción o ampliación del inmueble motivo de la subasta, previa información sumaria, se otorgará una espera automática, con suspensión de todos los plazos procesales por el término de 180 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la ley en el Boletín Oficial.Odarda promovió que la futura norma será de orden público y aplicada de oficio por los jueces que entiendan en las respectivas acciones judiciales, sin necesidad de requerimiento previo por parte del actor o demandado.Recordó que la 3860 ley fue sancionada el 29 de julio de 2004 y prorrogada a través de distintas normas y aseguró que sus efectos siguen en plena vigencia.Pero, consideró necesario que la norma sea de aplicación de oficio por parte de los jueces, sin necesidad de requerimiento previo por parte del deudor, para “evitar que se produzcan situaciones de suma injusticia respecto de personas propietarias de vivienda única de residencia familiar, que por alguna razón desconocen los alcances de esta legislación, y en virtud de ello, no oponen su vigencia en las causas judiciales correspondientes en tiempo oportuno, y así padecen la pérdida de sus viviendas, sin contemplaciones de ningún tipo”.Si bien estimó razonable que desde el Gobierno nacional y provincial se articulen políticas que incluyan a los deudores en un plan de financiamiento que les permita mantener su vivienda mediante el pago de cuotas razonables y no confiscatorias, resaltó que la provincia de Río Negro ha sancionado normas de protección de la vivienda única que inexorablemente debe ser respetada por las entidades financieras que operan en la geografía provincial.“Resulta fundamental que el Gobierno arbitre las medidas pertinentes para salvaguardar el derecho de propiedad, de acceso a una vivienda digna de innumerables habitantes de la provincia. Para ello como primera medida debe garantizarse la conservación del bien a través de todas las medidas procesales necesarias”. Refirió “la situación de injusticia que viven cientos de rionegrinos que se hallan demandados en causas judiciales que deberían suspenderse por aplicación de la legislación citada y que en función del desconocimiento de la norma de protección de la vivienda por parte de los bancos y de la Justicia, corren el riesgo de perder su casa, con el perjuicio económico y moral que esto conlleva”.

Fuente: www.elciudadanobche.com.ar


 
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