ARI Chubut

jueves, diciembre 07, 2006

“Los jóvenes no deben ser trasladados, pero tampoco encerrados”

El Intendente Municipal decidió involucrarse más profundamente en cuestiones relacionadas con las áreas de educación y salud, apoyándose en el texto de la Carta Orgánica y a partir de la declaración de la emergencia en la Dirección de Minoridad del Gobierno Provincial. Sin embargo, y para no alejarse demasiado, bautiza con el mismo eufemismo a la institución que sólo él y sus colaboradores, por ahora, sabe a qué jóvenes “admitirá”.
Río Grande.- Más allá de la cuestión semántica, es auspicioso que la máxima autoridad de la ciudad tome conciencia, a esta altura de los acontecimientos, de que “algo hay que hacer” y que los jóvenes necesitan que el trabajo de contención se haga con la propia familia.Pero también sería auspicioso que el Sr. Intendente tome conciencia de que así como los jóvenes que son trasladados al norte del país para su atención, vuelven con mayores problemas, los jóvenes que son encerrados, también salen con mayores problemas.La recientemente sancionada Ley 26061 expresamente prevé en su Artículo 41 inc.b) que: “…Sólo en forma excepcional, subsidiaria y por el más breve lapso posible puede recurrirse a una forma convivencial alternativa a la de su grupo familiar, debiéndose propiciar, a través de mecanismos rápidos y ágiles, el regreso de las niñas, niños y adolescentes a su grupo o medio familiar y comunitario... Estas medidas deberán ser supervisadas por el organismo administrativo local competente y judicial interviniente…”También la Ley Provincial 521 ya receptaba la nueva corriente doctrinaria disponiendo que “…en ningún caso las medidas de protección de derechos pueden consistir en privación de la libertad…”No se trata entonces, de llevar los lugares de encierro, sugestivamente denominados como casas de admisión, más cerca del lugar de residencia del grupo familiar, se trata de no crearlos y en su lugar ejecutar políticas de fortalecimiento, que revaloricen los lados sanos que toda familia -aun la mas disfuncional- posee.Y en este sentido, en la última sesión ordinaria, el Concejo Deliberante aprobó dos dictámenes mediante los cuales se crean centros de mediación para la resolución de conflictos de convivencia comunitaria-vecinal, incluso aquéllos en los que participen personas menores de 18 años y el centro de orientación y asistencia familiar con el objetivo de orientar, asesorar, prevenir y asistir a las familias que por distintas situaciones se encuentren alteradas en sus funciones, ambas iniciativas del concejal Gustavo Longhi. Esperemos que rápidamente el Intendente Municipal dé cumplimiento a estas ordenanzas que han sido elaboradas seria y concientemente por un grupo de profesionales de amplia trayectoria y experiencia en la materia a nivel local.Si la Municipalidad quiere empezar a jugar un rol muy importante para responder a esta problemática, éste sería un primer paso…

Marisa Montero
Secretaria Bloque ARI
Concejo Deliberante


 
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